Responsabilidad del Contratista
Responsabilidad del Contratista General por Lesiones de Construcción en Nueva York
Bajo la Ley Laboral de Nueva York, los contratistas generales son estrictamente responsables por las lesiones de los trabajadores en sus obras — incluso si el trabajador fue empleado por un subcontratista. Puede demandar al CG independientemente de si fue su empleador directo.
Revisión Gratuita del CasoPor Qué los Contratistas Generales Son Responsables bajo las Leyes Laborales 240 y 241
La Ley Laboral de Nueva York § 240(1) — la Ley del Andamio — y § 241(6) imponen responsabilidad objetiva a dos categorías de partes: propietarios de inmuebles y contratistas generales. La ley no se preocupa de si el CG empleó directamente al trabajador lesionado. Si usted resultó herido realizando trabajo cubierto en un sitio de construcción donde un CG estaba a cargo, esa empresa es responsable.
Esto no es una tecnicidad. Es la base de cómo Nueva York protege a los trabajadores de la construcción. La Legislatura tomó una decisión deliberada: dado que los propietarios y los CG controlan el sitio de trabajo y pueden incluir la protección contra caídas en cada subcontrato, asumen el riesgo legal cuando esa protección falla.
La Doctrina del Deber No Delegable
Bajo la ley de Nueva York, el deber impuesto por las Leyes Laborales 240 y 241 es "no delegable." Esa palabra tiene un peso real. Significa que el CG no puede deshacerse de su responsabilidad señalando a un subcontratista. Incluso si el subcontratista fue totalmente responsable de la condición peligrosa, el CG sigue siendo responsable.
Los tribunales han confirmado esto repetidamente. En Ross v. Curtis-Palmer Hydro-Electric Co., 81 N.Y.2d 494 (1993), el Tribunal de Apelaciones explicó que el deber va con el papel supervisor del CG sobre todo el sitio. El CG aceptó la responsabilidad de la seguridad cuando tomó el contrato principal. No puede trasladar esa responsabilidad a nadie más.
Lo Que la Ley Laboral 240(1) Realmente Requiere
La Sección 240(1) requiere que contratistas y propietarios "suministren o erijan, o hagan que se suministren o erijan" andamios, poleas, escaleras, cuerdas y otros dispositivos de seguridad adecuados para trabajadores que participen en la construcción, demolición, reparación, alteración, pintura, limpieza o señalamiento de edificios. Los dispositivos deben estar "construidos, colocados y operados de manera que brinden la protección adecuada" a los trabajadores.
La responsabilidad es absoluta cuando dos cosas son ciertas: (1) el dispositivo era inadecuado o estaba ausente, y (2) esa inadecuación fue la causa próxima de la lesión. La culpa comparativa del demandante no es una defensa. La negligencia contributiva no es una defensa. La única manera en que un CG puede derrotar un reclamo bajo la 240(1) es si el trabajador lesionado fue la "causa exclusiva próxima" del accidente — una excepción estrecha que los tribunales aplican con parsimonia.
Lo Que Cubre la Ley Laboral 241(6)
La Sección 241(6) requiere que el trabajo de construcción, demolición y excavación se realice de manera que brinde "protección y seguridad razonable y adecuada" a los empleados. Para presentar un reclamo bajo la 241(6), debe identificar una disposición específica y aplicable del Código Industrial de Nueva York (12 NYCRR Parte 23) que fue violada.
A diferencia de la 240(1), la 241(6) no impone responsabilidad absoluta — permite la culpa comparativa. Pero el deber no delegable del CG sigue aplicando. Y la gama de violaciones cubiertas es amplia: 12 NYCRR 23-1.7(b) cubre riesgos de tropiezos; 23-1.7(f) cubre pasajes verticales; 23-1.22 cubre pasarelas y rampas; 23-5.1 cubre andamiaje en general.
Quién Puede Ser Nombrado como Demandado
Se pueden demandar a múltiples partes en un accidente de construcción en NY. El CG casi siempre es el objetivo principal. Pero según los hechos, también puede tener reclamos contra:
- El propietario del inmueble — los propietarios enfrentan el mismo deber no delegable que los CG bajo las leyes 240 y 241
- Contratistas de nivel superior — un "super-CG" que supervisa a múltiples CG puede ser responsable de la misma manera que lo es un CG
- El subcontratista que le empleó — a través de una teoría de Ley Laboral 200 (negligencia de derecho común), o si el sub creó o tenía conocimiento real de la condición peligrosa
- Fabricantes de equipos — reclamos de responsabilidad por productos por andamios, escaleras o arneses de seguridad defectuosos
- Profesionales de diseño — en casos donde un diseño defectuoso causó la lesión
Daños Recuperables
Si tiene un reclamo válido bajo la 240(1) o la 241(6) contra un CG, los daños recuperables son los mismos que en cualquier caso grave de lesiones personales en Nueva York:
- Gastos médicos pasados y futuros — incluyendo cirugías, hospitalizaciones, terapia física y costos de atención de por vida si hay discapacidad permanente
- Salarios perdidos y capacidad futura de generar ingresos — el componente más grande en casos que involucran a trabajadores jóvenes
- Dolor y sufrimiento — Nueva York no limita estos daños en casos de lesiones personales
- Pérdida de consorcio — el reclamo independiente de su cónyuge por pérdida de compañía y servicios
La Compensación de Trabajadores No Es su Única Opción
Si fue lesionado en un sitio de construcción, casi con certeza tiene un reclamo de compensación de trabajadores contra su empleador directo. Pero la compensación de trabajadores paga solo una fracción de los daños reales — sin dolor y sufrimiento, sin reemplazo total de salarios.
Los reclamos bajo la Ley Laboral contra el CG son separados de la compensación de trabajadores. Puede cobrar ambas. Su aseguradora de compensación puede tener un gravamen sobre su recuperación de terceros, pero el resultado neto es casi siempre mucho mayor que la compensación sola.
Plazo de Prescripción
Los reclamos por lesiones personales contra un CG en Nueva York deben presentarse dentro de tres años de la fecha del accidente. Si el propietario es una entidad municipal — la Ciudad de Nueva York, la MTA, una autoridad pública — debe presentar un Aviso de Reclamo dentro de 90 días del accidente. No espere para consultar a un abogado.
Páginas por Contratista Específico
Hemos preparado información detallada sobre algunos de los mayores contratistas generales activos en la construcción de la Ciudad de Nueva York. Cada página cubre los tipos de proyectos típicos de esa empresa, las teorías de Ley Laboral que aplican y lo que los trabajadores heridos en esas obras pueden recuperar.
Turner Construction
Hudson Yards, One World Trade Center, grandes torres en NYC
Tishman / AECOM Tishman
World Trade Center, 30 Hudson Yards, grandes proyectos institucionales
Skanska USA Building
Trabajos del Metro MTA, renovación de LaGuardia, grandes infraestructuras
Related Companies
Desarrollo de Hudson Yards, grandes sitios residenciales y comerciales
Structure Tone
Acabados interiores, torres de oficinas en NYC, mejoras para inquilinos
Gilbane Building Company
Construcción de hospitales, proyectos institucionales y de salud
Plaza Construction
Residencial de lujo, torres supertall, rascacielos en Manhattan
Lendlease
30 Hudson Yards, One World Trade Center, grandes proyectos de uso mixto
Preguntas Frecuentes
¿Puedo demandar a un contratista general si trabajo para un subcontratista?
Sí. Las Leyes Laborales 240 y 241 aplican expresamente a los contratistas generales independientemente de quién empleó al trabajador. Puede presentar reclamos contra el CG aunque nunca haya firmado un contrato con ellos ni hayan firmado un cheque a su nombre.
¿Qué significa "deber no delegable" para mi caso?
Significa que el CG no puede escapar de la responsabilidad culpando a un subcontratista. Aunque el sub haya montado el andamio y el supervisor del CG nunca lo haya tocado, el CG sigue siendo responsable de garantizar que era adecuado. El deber no puede delegarse — permanece con el CG.
¿Importa mi propio descuido en un caso de Ley Laboral 240?
En la mayoría de los casos bajo la 240(1), su culpa comparativa no es una defensa. La responsabilidad es absoluta una vez que prueba que el dispositivo de seguridad era inadecuado y causó su lesión. El CG solo puede evitar la responsabilidad si prueba que usted fue la "causa exclusiva próxima" — lo que significa que ninguna violación de seguridad desempeñó ningún papel. Los tribunales aplican ese estándar de manera muy estricta.
Ya presenté un reclamo de compensación de trabajadores. ¿Aún puedo demandar al CG?
Sí. La compensación de trabajadores y un reclamo de Ley Laboral contra un tercero son procedimientos separados. Puede continuar con ambos. Su aseguradora de compensación probablemente tendrá un gravamen sobre cualquier recuperación que obtenga del CG, pero en casos graves el acuerdo o veredicto de terceros es casi siempre el monto mayor por un amplio margen.
¿Cuánto tiempo tengo para demandar a un contratista general en Nueva York?
Tres años desde la fecha del accidente. Si algún demandado es una entidad gubernamental — NYC, la MTA, una autoridad pública — tiene solo 90 días para presentar un Aviso de Reclamo. No espere para consultar a un abogado.
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