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Accidentes en Obras de Gilbane — Sus Derechos bajo la Ley Laboral 240

Gilbane Building Company trabaja como contratista general y gerente de construcción en Nueva York. Esta página no describe ningún proyecto, accidente ni reclamo de Gilbane Building Company. Explica la ley general de Nueva York sobre cuándo un contratista general, un gerente de construcción o un propietario puede responder ante un trabajador lesionado en su obra, aunque el trabajador haya sido empleado por un subcontratista.

Tipos de Obra Donde Suele Aplicar la Ley Laboral 240

  • Construcción y expansión de hospitales
  • Proyectos universitarios y educativos
  • Proyectos institucionales para entidades públicas
  • Construcción en hospitales en funcionamiento

Cuándo Puede Responder Gilbane Building Company bajo la Ley Laboral

La construcción hospitalaria presenta riesgos propios — obras dentro de o junto a instalaciones médicas en uso, con restricciones especiales. Esos riesgos no reducen los derechos del trabajador. Si Gilbane era el contratista general, la ley aplica igual. Algunos propietarios de hospitales son entidades públicas, lo que puede exigir un Aviso de Reclamo dentro de plazos cortos. Bajo la Ley Laboral §240(1), un contratista general, un propietario o su agente puede ser responsable si un dispositivo de seguridad requerido faltó o no brindó protección adecuada frente a un riesgo de elevación y esa infracción fue causa próxima de la lesión (Blake v. Neighborhood Housing Services, 1 N.Y.3d 280 (2003)). La caída por sí sola no basta. Una vez probadas ambas cosas, la negligencia comparativa del trabajador no es defensa. La defensa de única causa próxima solo prospera cuando ninguna infracción causó el accidente; si se alega que el trabajador no usó un dispositivo, en general la defensa debe demostrar que había dispositivos adecuados disponibles, que el trabajador sabía que estaban disponibles y que se esperaba que los usara, que decidió sin buena razón no usarlos y que no se habría lesionado de haberlos usado (Cahill v. Triborough Bridge & Tunnel Authority, 4 N.Y.3d 35 (2004)). La ley exime a los propietarios de viviendas de una o dos familias que contratan la obra sin dirigirla ni controlarla. La §241(6) exige una regla específica y aplicable del Código Industrial, su infracción, negligencia de alguien en la cadena de trabajo y causa próxima; la negligencia comparativa sí reduce la indemnización (Rizzuto v. L.A. Wenger Contracting Co., 91 N.Y.2d 343 (1998)). Una norma de OSHA puede servir como prueba, pero no sustituye esa regla.

Accidentes que Pueden Dar Lugar a un Reclamo

  • Caídas durante trabajos de construcción dentro de hospitales en funcionamiento
  • Accidentes por andamios en proyectos de expansión hospitalaria
  • Lesiones durante demolición de instalaciones médicas
  • Caídas en áreas de construcción adyacentes a instalaciones en uso

Recuerde

En general, tiene 3 años desde la fecha del accidente para iniciar una demanda por lesiones personales (CPLR 214(5)) y 2 años desde la muerte en un caso de muerte injusta (EPTL 5-4.1). Si un organismo público local es demandado, el Aviso de Reclamo en general vence a los 90 días (Ley Municipal General §50-e(1)(a)) y la demanda al año y 90 días (§50-i(1)); el Estado y la Autoridad Portuaria tienen sus propias reglas. No espere.

Preguntas Frecuentes

¿Puedo demandar a Gilbane Building Company si trabajo para un subcontratista en su obra?

Posiblemente, si Gilbane Building Company era el contratista general, el propietario o un agente con autoridad para supervisar y controlar el trabajo en su obra. Bajo la Ley Laboral de Nueva York §§240(1) y 241(6), los propietarios, los contratistas y sus agentes tienen un deber que no pueden delegar a un subcontratista, por lo que un trabajador empleado por un sub puede tener un reclamo contra ellos. Bajo la §240(1), el trabajador debe probar que un dispositivo de seguridad requerido faltó o no brindó protección adecuada frente a un riesgo de elevación y que esa infracción fue causa próxima de la lesión. Bajo la §241(6), debe probar la infracción de una regla específica y aplicable del Código Industrial que constituya negligencia y que haya sido causa próxima de la lesión. Que tenga un reclamo contra una empresa concreta depende de su papel en la obra y de los hechos del accidente.

Me lesioné en una obra dentro de un hospital en funcionamiento. ¿Afecta eso mi caso?

No negativamente. La complejidad del entorno no reduce el deber del contratista general ni del propietario. La presencia de varias entidades (el CG, el propietario del hospital, subcontratistas especializados) puede ampliar las partes a las que puede demandar, siempre que se prueben los elementos de la ley. Si el hospital es público, pueden aplicar plazos cortos de aviso.

¿Lesionado en una Obra de Gilbane Building Company?

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